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Certificado de eficiencia energética para edificios existentes (RD 235/2013)

¿Qué es la Certificación Energética de las Viviendas Existentes?

Se trata de un nuevo procedimiento obligatorio, definido por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, que determina el grado de eficiencia energética de una vivienda existente. El certificado tiene por objeto, contribuir al ahorro energético en los hogares y mejorar la información de consumidores y usuarios del mercado inmobiliario.

¿Qué viviendas precisan de este certificado?

Obligatoriamente, el certificado energético deberá aportarse a toda oferta, promoción o publicidad, dirigida a la venta o arrendamiento del inmueble. La obligación de encargar y poseer dicho certificado será del propietario del inmueble.

¿Cuándo será obligatorio este certificado?

A partir del 1 de junio de 2013 si un inmueble se vende o se alquila sin el certificado energético, se considerará en todo caso como infracción en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de rango legal que resulten de aplicación.

¿Qué ventajas ofrece este certificado?

El certificado informa sobre el nivel de eficiencia energética de la vivienda en el momento actual, y además, en él se incorporan recomendaciones de medidas que podrían ser adoptadas por los propietarios para mejorar la eficiencia energética de su vivienda, y con ello reducir el gasto energético.

¿Qué periodo de validez tiene?

El certificado tiene una validez máximo de 10 años, aunque es conveniente actualizarlo cuando se produzcan cambios sustanciales en la vivienda que puedan afectar a la calificación de la eficiencia energética.

¿Cómo se realiza la certificación?

El proceso se realiza en las siguientes fases:

  1. Recopilación de información registral, catastral y datos constructivos y de materiales empleados en el edificio en que se ubica la vivienda.

  2. Visita a la vivienda, donde se realizarán las mediciones y tomarán los datos necesarios.

  3. Elaboración del certificado y cálculo de la eficiencia energética según los métodos y el software autorizados por el Ministerio de Industria.

  4. Tramitación ante la Agencia Valenciana de la Energía de la concesión de la Etiqueta Energética.

¿Qué es la Etiqueta de Eficiencia Energética?

El resultado del proceso se resume en una Etiqueta de Certificación Energética, distintivo común en todo el territorio nacional.

La calificación de eficiencia energética asignada al inmueble, será la correspondiente a los índices de calificación obtenidos por el mismo, dentro de una escala de siete letras, que va desde la letra A (edificio más eficiente ) a la letra G (edificio menos eficiente).

¿Quién puede suscribir el certificado?

El propietario elige libremente al técnico que suscribe este certificado, el cual deberá estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de instalaciones térmicas y de edificación.


Para más información pinche en el siguiente enlace. +info